La seguridad pública conlleva múltiples gastos al erario municipal, algunos obligatorios como los derivados de la contratación del personal y su equipamiento, algunos voluntarios como la contratación de auditorias, Planes de Calidad, etc. Pero además podemos concretar gastos con base a la contratación de los Planes Locales de Seguridad (PLS) que excepto en Cataluña, no son de obligado cumplimiento su ejecución.
Una policía local de dilatadas dimensiones y suficientes recursos podría llegar redactar un PLS de forma autónoma, conllevando en síntesis este atrevimiento, un estudio sistemático del municipio y de sus problemáticas en materia de seguridad pública así como un planteamiento criminológico de los resultados y las acciones a emprender para su mejora, necesitándose para eso personal preparado y dedicado a ello, tanto para la fase de redacción como para la fase de evaluación continua.
Pero por lo contrario es también cierto, que los municipios de menores dimensiones no suelen disponer de los recursos personales necesarios para ello, derivando de esta forma la necesidad de la contratación de empresas y de expertos externos para la redacción y control de los PLS. De ahí nace la necesidad de obtener ciertos recursos económicos adicionales para su contratación. En este sentido los ayuntamientos deben asumir una carga económica que mientras más pequeña es, más les cuesta asumir, motivo por el que se tiende a estudiar la fórmula de solicitar subvenciones públicas para poder contraer estas necesidades en materia de seguridad pública.
Entendiendo la necesidad existente para que los municipios con menos recursos pudiesen valerse de forma justificada de subvenciones en materia de seguridad pública, la Diputación de Barcelona estableció una subvención específica para la aprobación de PLS durante el año 2018, concretamente destinada a municipios con policía local de entre 5.001 i 10.000 habitantes.
Este planteamiento derivaba de la obligación legal establecida por la Ley catalana 4/2003, de ordenación del sistema de seguridad pública de Cataluña que establecía la necesidad de elaborar estos planes municipales.
Aun y este planteamiento legal, bien acertado y necesario establecido por la Diputación de Barcelona, el resto de diputaciones catalanas no ha contemplado ninguna subvención específica, no solo en materia de PLS, sino tampoco en cualquier otro producto en materia de seguridad pública, ni incluso como se ha comentado, por ser de obligado cumplimiento en Cataluña estos productos específicos.
Es opinión de ASYESPOL que las subvenciones públicas, como actividad de fomento de la administración han de englobar nuevos productos como el aquí planteado, necesarios para las administraciones locales, y sobretodo para la mejora de la seguridad global.
Al igual que existen ayudas en múltiples áreas, como para la contratación de Planes Locales de Seguridad Vial, o Planes Municipales de Protección Civil, el hecho que no se busquen fórmulas económicas para la facilitación de la contratación de Planes Locales de Seguridad, o el hecho de que prácticamente no existan subvenciones en este ámbito que sirvan, para paliar las necesidades económicas de los diferentes ayuntamientos y policías municipales que requieren y no pueden ejecutar estos Planes municipales, es un agravio comparativo respecto de las muchas otras subvenciones en otros ámbitos municipales existentes.
Como seguramente todo el mundo piensa, ante el concepto de la “seguridad vial” y todo lo que la envuelve, existe una concienciación colectiva y política de su necesidad de desarrollo y ayuda. Hablemos por ejemplo del fomento de la seguridad pasiva y activa, la realización de estudios en la materia, la propaganda en todos los ámbitos y colectivos imaginables, la señalización adicional, las campañas informativas, las ayudas a los afectados, o los Planes de seguridad en este ámbito.
Todo ello es generador de un pozo económico sin fondo para el otorgamiento de ayudas que la administración está dispuesta a facilitar, y ciertamente no es discutible, pero es también demostrable que cuando hablamos de seguridad pública, muchos políticos y administraciones que no están concienciados en la materia, pensando muchos de ellos, o eso demuestran, que con el simple establecimiento de un cuerpo policial la seguridad pública ya está garantizada. Desgraciadamente esta afirmación no es cierta, aunque sí es cierto que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad asistirán y trabajarán las 24 horas, 365 días al año para la administración demandante, pero eso no es suficiente.
La seguridad pública en su integridad conlleva también la necesidad de un trabajo definido y planificado por un estudio, que de forma previa marque un camino securitario que establezca cómo y hacia dónde se han de dirigir las acciones de cuerpo policial, que indudablemente se conseguirá con el establecimiento de un correcto y efectivo Plan Local de Seguridad.
No tendrían que existir agravios comparativos en materia de subvenciones, pero menos aun en perjuicio de la seguridad pública, que en definitiva es unos de los pilares existentes para garantizar la tranquilidad ciudadana y la paz social.
En ASYESPOL trabajamos por ello, ya que para nosotros lo más importante es velar por la justicia y la legalidad en la seguridad pública. H�
